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La acumulación de penas europeas en España y las redenciones de los ordenamientos penales extranjeros

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, ha supuesto la eliminación de las barreras temporales que impedían la acumulación de condenas europeas dictadas con anterioridad al 15 de agosto de 2010.

Este cambio normativo, que entró en vigor el 8 de noviembre de 2024, permite ahora que las condenas impuestas por tribunales de otro Estado de la UE sean plenamente consideradas a efectos de acumulación, en aplicación del principio de equivalencia de las resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.

Esto trae a colación un debate doctrinal acerca del alcance de esta equivalencia, que en particular los tribunales españoles son reacios a admitir, y es que las penas y sus redenciones ejecutadas de conformidad con los ordenamientos penales de los Estados de la UE, deben aplicarse en España como si fueran resoluciones penitenciarias internas. (más…)